Solicitud pago directo
SOLICITUD DE ADHESION AL PAGO DIRECTO
En mi carácter de titular de la cuenta corriente/caja de ahorros correspondiente a la Clave Bancaria Uniforme indicada precedentemente, solicito al Banco en el cual percibo mis haberes mi adhesión al Sistema de PAGO DIRECTO normado por el BCRA, para el abono de la/s factura/s y/o prestaciones de la COOPERATIVA DE CONSUMO, VIVIENDA Y CREDITO ENTRE EL PERSONAL DE POLICIA DE LA PROV. DE BS. AS. LTDA (COPOBA LTDA), CUIT 30-53213259-9. A estos efectos acompaño original y fotocopia de la última factura abonada para cada servicio.
En tal sentido autorizo a debitar de mí citada cuenta en las fechas de vencimiento mensual o en los periodos respectivos, los importes de las cuotas y/o abonos y/o facturas correspondientes a los PAGOS SOLICITADOS en la presente, en tanto estos resulten aceptados en un todo de acuerdo con las condiciones generales que se describen en la presente y que declaro conocer y aceptar en su totalidad.
a) Continuare efectuando los pagos personalmente o por interpósita persona, en caja o por ventanilla según corresponda, desde la fecha del presente y hasta el día en que reciba la factura/s cursada/s por la empresa con la leyenda que indique que las mismas serán canceladas mediante débito en la Cuenta Bancaria citada precedentemente.
b) Los importes de la/s factura/s será/n debitado/s de mi cuenta el día de vencimiento de su/s respectivo/s pago/s o el primer día hábil siguiente, de ser este feriado o día no laborable en la actividad bancaria, de acuerdo con las normas que a tal efecto fije el BCRA. Se tendrán en cuenta las prorrogas que a tal efecto pudiera otorgarle COPOBA LTDA.
c) A tal efecto me comprometo a mantener saldo suficiente en la cuenta citada a fin de que los débitos puedan ser formalmente efectuados en cada vencimiento. En caso de que los débitos sean efectuados en Caja de Ahorros y no existieran fondos suficientes, el servicio/factura quedara impago.
d) Para el caso que el Banco decidiera autorizar los débitos no existiendo fondos suficientes en mi cuenta, quedare obligado al pago del saldo deudor que se origine, con mas sus intereses compensatorios en el plazo que me fuera reclamado, y ante mi incumplimiento será de aplicación la normativa legal vigente para la cuenta, la que declaro conocer y que fue aceptada por mi en el momento de la apertura de la cuenta.
e) Será a mi exclusivo cargo y responsabilidad efectuar todos los reclamos, aclaraciones y solucionar todas las diferencias que pudieran suscitarse con COPOBA LTDA. por los importes debitados en mi cuenta
f) Los débitos que tengan por origen mi adhesión a este sistema no serán computados en mi cuenta de caja de ahorros para él calculo de cantidad máxima de extracciones mensuales autorizadas
g) El Banco podrá dejar de prestar este servicio a partir del momento en que se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias y la baja del mismo quedara efectivizada cuando deje de consignarse en la/s factura/s la leyenda indicada en a).
1) Por falta de fondos suficientes acreditados en mi cuenta a la fecha que fuera necesario efectuar el/los débitos de la/s factura/s.
2)Por el cierre de mi cuenta bancaria cualquiera fuera su causa.
3) Por voluntad del Banco sin necesidad de manifestar su causa, comunicada esta decisión en forma fehaciente.
4) Por decisión de COPOBA LTDA prestataria del/los servicios.
5) Por mi propia decisión mediante comunicación por escrito a COPOBA LTDA prestadora del servicio.
h) MODALIDAD STOP DEBIT: Si en alguna oportunidad y como caso de excepción, considero que el importe de mi factura esta equivocado, tendré la opción de solicitar en la sucursal donde tenga radicada la cuenta, la modalidad STOP DEBIT. El Stop Debit deberá ordenarse hasta las 48 horas hábiles anteriores –inclusive- a la fecha de vencimiento, quedando bajo mi responsabilidad regularizar la gestión mediante nota al Banco. Con respecto a las siguientes facturaciones las mismas seguirán efectuándose normalmente.
i) MODALIDAD REVERSION: Queda convenido que hasta 30 días corridos posteriores a la fecha del débito en cuenta bancaria de los importes facturados por la empresa podremos requerir al Banco que revierta dichos débitos sujeto a las siguientes condiciones. 1) El requerimiento deberá ser formulado en la sucursal del Banco donde tenga radicada la cuenta o en COPOBA. 2) En caso de que el reclamo se presente en el Banco este efectuara el reintegro de los fondos, comunicando tal situación a la empresa. 3) Si el importe no supera él limite que en su momento pueda establecer el BCRA o la autoridad de aplicación correspondiente, el mismo será revertido dentro de las 72 horas hábiles bancarias siguientes a la fecha en que el Banco haya recibido la instrucción por mi parte, siempre y cuando COPOBA LTDA. no se oponga a su reversión. En ambas circunstancias sin corresponder responsabilidad de ninguna índole para el Banco por las consecuencias que se hubieren derivado del débito cuestionado o las que se deriven de su reversión. En caso de no ser autorizados los reintegros por parte de COPOBA LTDA. los débitos cuestionados no serán revertidos, sin ello implicar responsabilidad alguna para el Banco, debiendo dilucidar las controversias directamente el suscripto con COPOBA LTDA.
j) El Banco no efectuara reintegro de intereses compensatorios y/o punitorios por débito generado erróneamente por COPOBA LTDA. En esta circunstancia deberé hacer el reclamo ante COPOBA LTDA.
k) Asumo que al existir un extracto donde figuran los débitos efectuados, el Banco dará por conforme la totalidad de los movimientos, cobrados o rechazados de cada periodo informado, excepto comunicación por escrito en contrario dentro de los treinta días contados a partir de la fecha de vencimiento del servicio informado por COPOBA LTDA. al Banco.
l) La cláusula 1)Modalidad Reversión, será considerada solo para aquellas empresas que acepten por convenio esta modalidad.
m) LIMITACION DE RESPONSABILIDAD: El Banco no asume responsabilidad alguna por el o los montos consignados en las facturas e informados en el medio magnético. En ningún caso el Banco será responsable por circunstancias dañosas que hayan surgido de la intervención de la cámara, el Banco receptor o cualquier otro tercero que haya participado de algún modo en la operatoria que se implementa en virtud de esta solicitud. Los reclamos deberán ser interpuestos por escrito ante COPOBA LTDA., no pudiendo actuar en ningún caso el Banco en calidad de intercesor para su formulación. Queda expresamente establecido que el Banco se limitara única y exclusivamente a realizar los débitos y las acreditaciones de conformidad con el detalle e instrucciones que proporcionara COPOBA LTDA., sin que pueda exigírsele el cumplimiento de cualquier otra obligación no determinada en la presente. En este servicio el Banco es intermediario y recibe información de COPOBA LTDA. sobre los débitos que debe realizar y los procesa a su orden, desentendiéndose de todo lo relacionado con el aspecto comercial que generaron los mismos.
n) Me informare de las transferencias efectuadas a través de los medios electrónicos habilitados en el Banco (cajeros automáticos y Home Banking).
La presente continuara vigente hasta tanto medie comunicación fehaciente de mi parte para revocarla.
